sábado, 18 de febrero de 2012

En vigencia nueva Unidad Tributaria de Bs. 90,00


En Gaceta Oficial N° 39.866 del 16/02/2012 fue publicada la Providencia Administrativa Nº SNAT/2012/0005 de la misma fecha, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por medio de la cual se reajusta la unidad tributaria de Bolívares setenta y seis(Bs. 76,00) a Bolívares noventa (Bs. 90,00).



La nueva Unidad Tributaria comienza a regir de manera inmediata. Sin embargo, en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales (ISLR), la unidad tributaria aplicable será la que haya estado vigente durante por lo menos 183 días continuos del período respectivo; y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, todo de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Código Orgánico Tributario (COT) vigente.
Según lo antes descrito, cabe destacar que este ajuste tiene incidencia en el calculo del beneficio de alimentación de los trabajadores, ya que este último se paga en un rango entre el 25% - 50% del valor de la Unidad Tributaria. En tal sentido los patronos deberán contemplar dicho ajuste al momento de otorgar el beneficio desde la entrada en vigencia de dicha providencia. 


Fuente: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.