Lic. en Contaduria Pública. M.S.C. en Gerencia Empresarial
miércoles, 31 de agosto de 2011
2da PORCIÓN DE AUMENTO DEL SALARIO MINIMO DECRETO 8.167
Según Decreto 8.167, el cual fija el aumento del veinticinco por ciento
(25%) del salario mínimo mensual. Se recuerda que a partir del 01 de septiembre
de 2011, entra en vigencia la segunda porción del aumento equivalente a un diez
por ciento (10%) sobre el incremento anterior quedando a partir de esta fecha
en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (Bs. 1.548,21) mensuales,
esto es, CINCUENTA Y UN BOLIVARES CON
SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 51,60) diarios por jornada diurna.
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