sábado, 26 de febrero de 2011

Resolución de ambientes libres de humo de tabaco

En Gaceta Oficial Nº 39.623 del 24/02/2011 fue publicada la resolución Nº 014 de la misma fecha, emanada del Ministerio del Poder Popular para la Salud la cual, tal y como indica su artículo 1, tiene por objeto proteger la salud de la población de las consecuencias dañinas que genera el humo del tabaco.

El artículo 3 establece la prohibición de fumar o mantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos y en los lugares de trabajo, cualquiera sea su uso incluyendo el transporte.

De acuerdo con el artículo 4 los propietarios o administradores de los lugares públicos en los que está prohibido fumar, de acuerdo con la presente resolución, deben colocar un aviso cuyas dimensiones sean iguales o mayores a 80 cms (ancho) x 50 cms (largo) que contenga el texto siguiente:

 
 

"Este es un Ambiente 100% Libre de Humo de Tabaco por Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud"

 
 

El texto debe ir acompañado de un símbolo internacional de prohibición de fumar, el cual consiste en un círculo rojo con un cigarrillo encendido, cruzado por una línea roja que toca los bordes del círculo.

En caso de incumplimiento o violación de las disposiciones previstas en esta resolución, se impondrán sanciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente.

La presente resolución entra en vigencia a los noventa (90) días continuos, contados a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, a saber 25/05/2011.

En archivo adjunto podrá encontrar la Gaceta Oficial con esta Resolución.

 
 

Fuente: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 
 

Pegado de <http://www.moorestephens.com.ve/spanish/noticias/noticia.php?bot=noticias&id_noticia=631>

 
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario